Contratos de fiscalización de obra
Forma de pago mensual – Liquidación económica final – Servicios prestados
En los contratos de fiscalización de obra se establecen cláusulas que permiten identificar:
- El objeto y alcance de los servicios de fiscalización contratados.
- El valor total o monto contractual por la totalidad de los servicios de fiscalización pactados en función del plazo contractual.
- La forma de pago mensual vinculada al avance de la obra fiscalizada.
- El plazo de los servicios de fiscalización.
- El personal técnico principal, auxiliar, equipos y recursos necesarios para la prestación del servicio, incluyendo costos directos e indirectos.
- Los requisitos para la recepción definitiva y liquidación del contrato.
Si la fiscalización cumple con el objeto y alcance de los servicios contratados durante todo el plazo pactado, con su personal técnico y recursos ofertados, y cumple con los requisitos para la recepción definitiva, tendrá derecho al reconocimiento y pago del valor total del contrato a través de la liquidación económica final.
Este valor debe ser reconocido independientemente de los pagos realizados durante la ejecución del contrato, es decir, los pagos mensuales no sustituyen a la liquidación económica final.
Abg. Paúl Vázquez Ochoa